CLASE VIRTUAL N° 01.
La dispensación de medicamentos es
el acto profesional farmacéutico de proporcionar uno o más medicamentos a un
paciente generalmente como respuesta a la presentación de una receta elaborada
por un profesional autorizado.
En este acto el profesional Farmacéutico
informa y orienta al paciente sobre el uso adecuado del medicamento, reacciones
adversas, interacciones medicamentosas y las condiciones de conservación del
producto.
Corresponde a una Buena Práctica de
Dispensación promover, en todo momento, el uso racional de medicamentos.
El profesional Farmacéutico debe
promover el acceso a medicamentos mediante una adecuada gestión de suministro de
los mismos.
El profesional Farmacéutico coopera
con acciones orientadas a contribuir con la garantía de la calidad, seguridad y
eficacia de los medicamentos que se comercializan en el país, y participa en la
identificación y denuncias relacionadas con productos falsificados o
adulterados y productos con problemas de calidad o efectividad.
Las Buenas Prácticas de
Dispensación deben cumplirse de manera integral y en concordancia con las
normas legales relacionadas con la actividad farmacéutica en general.
DISPOSICIONES
ESPECÍFICAS.
1. DEL PROCESO DE
DISPENSACIÓN.
El proceso de dispensación de
medicamentos incluye todas las actividades realizadas por el profesional
Farmacéutico desde la recepción de la prescripción hasta la entrega al paciente
de los medicamentos con o sin receta. La correcta dispensación se debe
constituir en un procedimiento que garantice la detección y corrección de
errores en todas sus fases. En el proceso de dispensación se diferencian cinco
actividades principales:
1. Recepción y Validación de la prescripción.
2. Análisis e Interpretación de la prescripción.
3. Preparación y Selección de los productos para su entrega.
4. Registros.
5. Entrega de los productos e Información por el dispensador.
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| Proceso de dispensación - Ministerio de Salud - Perú. |
1.1. De la Recepción
y Validación de la prescripción.
La prescripción como resultado de
un proceso, concluye en una orientación diagnóstica y decisión terapéutica que
es plasmada en una receta.
Está deberá ser presentada para su
respectiva dispensación al profesional Farmacéutico en un establecimiento
legalmente registrado.
La dispensación de los medicamentos
u otros productos farmacéuticos de venta bajo receta, deberá circunscribirse a
las recetas que se presenten con letra clara y legible a fin de evitar errores
de comprensión.
El contenido de las recetas deberá
sujetarse a lo establecido en la legislación vigente al momento de su
recepción, el profesional Farmacéutico debe confirmar:
a) Nombre, dirección y número de
colegiatura del profesional que la extiende y nombre del establecimiento de
salud cuando se trate de recetas estandarizadas.
b) Identificación del paciente:
Nombres y apellidos del paciente.
c) Nombre del producto farmacéutico
objeto de la prescripción en su denominación común internacional (DCI).
d) Concentración y forma
farmacéutica.
e) Posología, indicando el número
de unidades por toma y día, así como la duración del tratamiento. f) Lugar y fechas de expedición y expiración
de la receta.
En función a la validación
realizada, el profesional Farmacéutico decidirá la dispensación o no del
medicamento y/o la pertinencia de una interconsulta con el prescriptor.
En el caso de recetas sobre
medicamentos psicotrópicos y estupefacientes, estas se ajustarán a las
condiciones particulares que determinan las normas legales específicas al
respecto.
En caso de no atención de la
receta, se comunicará al paciente sobre el problema detectado, cuidándose de no
cuestionar la actuación de otros profesionales sanitarios.
Vencido el plazo de validez de la
receta fijado por el prescriptor, no podrá dispensarse contra su presentación,
ningún producto de venta bajo receta médica.
1.2. Del Análisis e
Interpretación de la prescripción.
El análisis e interpretación de la
prescripción incluye, la lectura de la prescripción, correcta interpretación de
las abreviaturas utilizadas por los prescriptores, confirmación del ajuste de
las dosis en función al estado y situación particular de cada paciente,
realización correcta del cálculo de dosis y la cantidad a entregar del
medicamento, identificación de las interacciones medicamentosas y la duplicidad
terapéutica. Si existen dudas sobre la prescripción, éstas deberán ser
resueltas a través de una interconsulta con el prescriptor.
De conformidad con lo dispuesto en
el Artículo 33º de la Ley General de Salud, el profesional Farmacéutico está
facultado para ofrecer al usuario alternativas de medicamentos química y
farmacológicamente equivalentes al prescrito en la receta, en igual forma
farmacéutica y dosis. Debiendo además abstenerse de inducir al usuario a
adquirir algunas de dichas alternativas.
1.3. De la
Preparación y Selección de los productos para su entrega.
La preparación de los productos
para su entrega al paciente, representa uno de los principales aspectos del
proceso de dispensación y comienza una vez que la prescripción se ha
comprendido sin dudas.
La identificación de los productos en las estanterías se realiza leyendo cuidadosamente la etiqueta del producto, en el caso de los medicamentos se debe asegurar que el nombre, la concentración, la forma farmacéutica y la presentación del mismo corresponde a lo prescrito.
La identificación de los productos en las estanterías se realiza leyendo cuidadosamente la etiqueta del producto, en el caso de los medicamentos se debe asegurar que el nombre, la concentración, la forma farmacéutica y la presentación del mismo corresponde a lo prescrito.
Antes de su entrega, se debe
comprobar que el o los productos tienen el aspecto adecuado, verificando que
los envases primario y secundario se encuentren en buenas condiciones. El
rotulado de ambos envases debe corresponder al mismo producto y cumplir con las
especificaciones establecidas en las normas legales vigentes.
Para el conteo de tabletas y
cápsulas a granel se debe utilizar los materiales especiales (guantes,
contadores manuales entre otros) para evitar que las manos del dispensador
estén en contacto directo con el medicamento.
Los productos deberán
acondicionarse en un empaque seguro para su conservación y traslado, respetando
la cadena de frío cuando corresponda.
Los productos que se dispensan en
unidades inferiores al contenido del envase primario deberán acondicionarse en
envases en los cuales se consignará, por lo menos, la siguiente información:
a) Nombre y dirección del establecimiento.
b) Nombre del producto.
c) Concentración del principio activo.
d) Vía de administración.
e) Fecha de vencimiento.
1.4. De los Registros.
Los registros de la entrega de medicamentos a los pacientes son
esenciales en un establecimiento farmacéutico de dispensación eficientemente
administrado. Estos registros son útiles para la verificación de las
existencias y son imprescindibles en la solución de problemas relacionados con
los medicamentos entregados a los pacientes.
Los registros deberán realizarse de acuerdo con las normas legales
vigentes. La utilización de sistemas informáticos permite conservar toda esta
información, la que podrá ser recuperada para la elaboración de los informes
correspondientes.
Cuando el profesional Farmacéutico dispense un medicamento alternativo al
prescrito, deberá anotar al dorso de la receta el nombre de la alternativa
dispensada, el nombre del laboratorio fabricante, así como la fecha en que se
efectúa la dispensación y su firma.
1.5. De la Entrega de los productos e Información por el
dispensador.
Los medicamentos, deben entregarse al paciente o su representante con
instrucciones claras, añadiendo la información que se estime conveniente.
El profesional Farmacéutico es responsable de brindar información y orientación sobre la administración, uso y dosis del producto farmacéutico, sus interacciones medicamentosas, sus reacciones adversas y sus condiciones de conservación.
Cuando estime conveniente, siempre que se den las condiciones necesarias y se cumpla con las normas legales al respecto, propondrá al paciente o su representante el seguimiento farmacoterapéutico correspondiente, en base a criterios previamente establecidos.
El profesional Farmacéutico es responsable de brindar información y orientación sobre la administración, uso y dosis del producto farmacéutico, sus interacciones medicamentosas, sus reacciones adversas y sus condiciones de conservación.
Cuando estime conveniente, siempre que se den las condiciones necesarias y se cumpla con las normas legales al respecto, propondrá al paciente o su representante el seguimiento farmacoterapéutico correspondiente, en base a criterios previamente establecidos.
Las advertencias relacionadas con los posibles efectos indeseables, deben
realizarse con objetividad y claridad, a fin de evitar que el paciente abandone
el tratamiento.
Se debe incidir en la frecuencia, duración del tratamiento y vía de
administración de los medicamentos, debiendo informarse también sobre:
a) Cuando tomar el medicamento, en relación a los alimentos (Ej. antes,
después, con los alimentos) y en relación a otros medicamentos.
b) Cómo tomar o aplicar el medicamento (Ej. masticarlo, con mucho agua,
aplicarlo localmente).
c) Cómo guardar y proteger los medicamentos para su adecuada
conservación.
Es necesario asegurarse que el paciente comprenda las instrucciones y
siempre que sea posible, se solicitará que el paciente repita las instrucciones
brindadas.
Los pacientes deben ser tratados con respeto y es imprescindible mantener
la confidencialidad e intimidad cuando se dispense ciertos tipos de
medicamentos o se trate de ciertas patologías.
A fin de brindar una adecuada información a los pacientes, se deberá
tener acceso a información científica independiente y actualizada sobre los
medicamentos, a la información referida a primeros auxilios y emergencias
toxicológicas, y a información oficial sobre las alternativas farmacéuticas de
medicamentos.
2. DEL ENTORNO PARA EL SERVICIO DE DISPENSACIÓN.
La base para una práctica correcta de dispensación de medicamentos, la
proporciona un entorno de trabajo adecuado; los ambientes en que realiza la
dispensación deben ser limpios, seguros y organizados. Una adecuada
organización se hace imprescindible a fin de que la dispensación se realice de
manera exacta y eficiente.
2.1. Ambiente físico.
Se debe disponer, dentro del establecimiento farmacéutico, de un área
diferenciada para el acto de dispensación, con espacio suficiente para realizar
adecuadamente las tareas de preparación y entrega de los medicamentos, así como
información para su uso correcto.
El ambiente físico debe mantenerse limpio, sin polvo ni suciedad. Aunque el área de atención debe ser accesible para los pacientes, se prestará la debida atención para que esté situado en un lugar protegido del polvo, la suciedad y la polución.
El ambiente físico debe mantenerse limpio, sin polvo ni suciedad. Aunque el área de atención debe ser accesible para los pacientes, se prestará la debida atención para que esté situado en un lugar protegido del polvo, la suciedad y la polución.
2.2. Estanterías y superficies utilizadas durante el trabajo.
El espacio disponible debe organizarse para crear un área de trabajo
seguro y eficiente, debe existir suficiente espacio para que el personal se
desplace durante el proceso de dispensación y la distancia que un dispensador
debe recorrer durante este proceso debe reducirse al mínimo, con el objetivo de
contribuir con la eficiencia en el servicio.
Los alimentos y bebidas deben mantenerse fuera del área de dispensación.
La refrigeradora se utilizará exclusivamente para los medicamentos que
requieran bajas temperaturas. Se debe contar con un cronograma de comprobación
de la limpieza y descongelación de la refrigeradora.
El mantenimiento de un entorno limpio requiere un sistema regular de limpieza de las estanterías y la limpieza diaria de los suelos y las superficies de trabajo.
Los líquidos derramados deben secarse inmediatamente, especialmente si
son viscosos, dulces o resulten atractivos para los insectos.
2.3. Medicamentos, equipo y materiales de envasado.
Todos los medicamentos en general, deben almacenarse en forma organizada
en los estantes, manteniendo sus rotulados al alcance de la vista y debidamente
conservados.
Las condiciones de almacenamiento recomendadas en lo que se refiere a temperatura, luz y humedad deben cumplirse estrictamente a fin de mantener la calidad de los productos.
Es fundamental la limpieza de los equipos y materiales que se utilizan en
el almacenamiento y el acto de dispensación.
Se debe establecer un sistema de rotación de existencias que minimice el
vencimiento de productos.
3. DEL PERSONAL.
El personal que participa en la dispensación y expendio debe estar
adecuadamente identificado, mantener una higiene personal correcta y llevar prendas
de vestir limpias y que protejan.
3.1. Del Químico Farmacéutico.
El Profesional Químico Farmacéutico del establecimiento farmacéutico
deberá:
a) Participar y promover la selección de los medicamentos necesarios para
la comunidad aplicando criterios de uso racional.
b) Establecer una eficaz y segura dispensación de medicamentos,
verificando entre otros, el registro sanitario y fecha de vencimiento de los
medicamentos disponibles en el establecimiento farmacéutico de dispensación.
c) Adoptar una actitud orientadora y educadora de los pacientes en todo
lo relacionado a los medicamentos.
d) Promover la adherencia de los pacientes al tratamiento prescrito.
e) Seleccionar, capacitar y supervisar al personal auxiliar de cuyas
acciones en este proceso, el profesional Químico Farmacéutico es el directo
responsable.
f) Mantenerse actualizado para absolver en forma adecuada las
interrogantes e inquietudes de los pacientes, controlando el autodiagnóstico y
la automedicación.
g) Cumplir y hacer cumplir las Buenas Prácticas de Almacenamiento en lo
que corresponda.
h) Cumplir las normas legales y sanitarias correspondientes.
En el acto de dispensación de medicamentos se deben tener presente los
deberes éticos profesionales con el paciente y el debido respeto entre los
profesionales de la salud. Se debe actuar con la seguridad que da el respaldo
científico, sin olvidar las limitaciones propias de la profesión farmacéutica.
3.2. Del Personal Auxiliar (Técnico Farmacéutico).
Para cumplir con las Buenas Prácticas de Dispensación de Medicamentos, se
aconseja contar con personal auxiliar capaz de realizar tareas de expendio, el
mismo que estará bajo la supervisión del Químico Farmacéutico. Este personal
auxiliar debe ser incorporado en procesos de capacitación continua para
realizar un correcto expendio de productos.
El personal auxiliar está impedido, bajo responsabilidad del profesional
Químico Farmacéutico regente y del propietario del establecimiento de
dispensación, de realizar actos correspondientes a la dispensación o de ofrecer
a los usuarios alternativas al medicamento prescrito.
La dispensación de medicamentos es de responsabilidad exclusiva del
profesional Químico Farmacéutico.
4. RESPONSABILIDADES.
El Ministerio de Salud a través de la Dirección General de Medicamentos,
Insumos y Drogas es responsable de difundir, dirigir, supervisar, monitorear
evaluar el cumplimiento de este Manual en las diversas instancias de los sub.
sectores público y privado.
Las actividades de dispensación se harán bajo la responsabilidad del
Químico Farmacéutico en las farmacias, boticas y servicios de farmacia de los
establecimientos de salud de los sectores públicos y privados, en los que se
dispensan medicamentos; y/o se preparan fórmulas magistrales y oficinales.
PRÓXIMA CLASE VIRTUAL N°02
VERIFICACIÓN DE MEDICAMENTOS EN LA
OFICINA DE FARMACIA.
Sistema de autenticación de
medicamentos.
A resultas de este nuevo marco legal,
todos los fabricantes y titulares de autorización de comercialización, ya sean
laboratorios de innovación, genéricos e importadores paralelos, tendrán que
incorporar dos tipos de dispositivos de seguridad en todos los envases de
medicamentos sujetos a la obligación de ser verificados.
- El primer dispositivo es un
código bidimensional en formato Datamatrix que identifica individualmente el
envase.
¿QUÉ SIGNIFICA VERIFICAR Y DESACTIVAR EL CÓDIGO DE UN MEDICAMENTO?
Verificar: significa comprobar, mediante una
consulta al repositorio nacional, que el identificador de un envase es único,
es auténtico, y no concurre circunstancia de las recogidas en el Reglamento
Delegado (caducidad, robo, retirada, ya dispensado) que impida su dispensación.
Desactivar: significa
informar al repositorio nacional que el envase del medicamento previamente
verificado, y siendo apto para la dispensación,ha sido dispensado, impidiendo que este envase pueda ser dispensado de nuevo.
¿QUÉ DIFERENCIA HAY ENTRE
VERIFICAR Y AUTENTICAR UN MEDICAMENTO?
La operación combinada de verificación
y desactivación tendrá lugar en el momento de la dispensación de manera
obligatoria para todos los medicamentos que por normativa están sujetos a
verificación.
De
manera adicional, el farmacéutico tendrá la posibilidad de realizar
verificaciones en cualquier momento anterior a la dispensación, por ejemplo, en
la entrada del pedido a la farmacia, de manera voluntaria, y sin que ello
suponga modificar el estado activo del envase, que tendrá que ser desactivado
posteriormente en el momento de la dispensación.
VÍDEO INFORMATIVO : VERIFICACIÓN DE MEDICAMENTOS.
PRÓXIMA CLASE VIRTUAL N°02


















